Inversiones de nuevos residentes en Andorra

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Explotación de inmuebles como apartamentos turísticos

Durante los últimos meses muchos clientes de Augé Holding Grup y en particular de nuestra filial Augé Real Estate www.augerealestate.com que han realizado inversiones en bienes inmuebles se han interesado por la posibilidad de explotar las propiedades adquiridas como apartamentos turísticos valorando si es necesario constituir una sociedad para ello y bajo qué condiciones es posible hacerlo como persona física.

Los clientes que consultan acerca de la explotación de inmuebles como apartamentos turísticos (AT) pretenden rentabilizar sus inversiones y tener un ingreso estable en base a ellas. Por nuestra experiencia, pueden ser tanto residentes no lucrativos (rentistas que no tienen derecho a trabajar en Andorra), como empresarios con permiso de trabajo por cuenta propia que ya tienen un negocio propio en el país.

Ofrecemos a continuación un resumen de la normativa vigente al respecto.

La explotación de uno o dos apartamentos se considera renta personal del propietario. La explotación de tres o más apartamentos se considera actividad económica que debe ser registrada en el Registro de Comercio y en el Registro de Empresas Gestoras de Viviendas de Uso Turístico (“EGHUT” “empresa gestora d’habitatges d’us turístic”) dependiente del Ministerio de Turismo. Otra opción es encargar la gestión y mantenimiento del apartamento a una EGHUT existente. Las EGHUT suelen cobrar una comisión de aproximadamente el 30% – 40% del bruto de las rentas obtenidas por sus servicios.

El plazo de inscripción en el Registro de las Viviendas de Uso Turístico es de 2 meses desde la presentación de la solicitud acompañada de la correspondiente documentación: título de propiedad, seguro sobre la misa, cédula de habitabilidad, certificado de instalaciones eléctricas, etc. La inspección por parte del Ministerio de Turismo comprueba si la vivienda cumple los requisitos y corresponde con los datos que constan en la solicitud: capacidad, mobiliario, instalaciones, etc.).

La superficie mínima de un apartamento turístico (AT) es de 24m2. La capacidad máxima se calcula en base al número de habitaciones y baños. Apartamentos: mínimo 8 m2 por persona y mínimo un baño por cada 6 plazas. Estudios: 8m2 por persona, pero no más de 5 personas, incluso si la superficie supera los 40m2 y hay más de un baño.
AT de dos o más habitaciones. En las habitaciones se permite un máximo de 4 plazas + 2 plazas en el comedor en el sofá cama.

AT de una habitación. El dormitorio puede tener un máximo de 4 plazas + 3 plazas en el comedor en los sofás cama.

AT tipo estudio. Máximo 5 plazas en camas o sofás cama.

En los dormitorios se admiten literas.

Como todo establecimiento turístico, los AT deben proporcionar a los clientes un teléfono de contacto las 24 horas al día.

Las empresas gestoras de los apartamentos turísticos EGHUT igualmente deben cumplir una serie de requisitos. Dependiendo de la cantidad de los apartamentos que gestionan puede ser obligatorio tener recepción o incluso una oficina abierta 7 días a la semana 8 horas diarias. El personal debe dominar el catalán y tres idiomas más. El mantenimiento debe estar disponible al menos 8 horas al día y 30% de los AT deben tener aparcamiento. Aparte del Registro de Comercio y Registro de las EGHUT, es obligatoria la inscripción en el Registro de Ocupación de Alojamientos Turísticos.

En cuanto a las restricciones, cabe mencionar que no es posible inscribir los apartamentos como viviendas de uso turístico si están situados en una zona donde la normativa local no lo permite o se encuentran en un edificio donde está prohibido por los Estatutos de la Comunidad de Vecinos.

La Dirección

Augé Legal & Fiscal

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