Residencias no lucrativas en Andorra
La residencia no lucrativa en Andorra, también conocida como residencia sin actividad lucrativa o residencia pasiva, es una autorización pensada para personas que desean establecer su residencia en el Principado sin desarrollar una actividad laboral o profesional en el país por cuenta propia o ajena. Se trata de una solución especialmente atractiva para inversores, familias con patrimonio internacional, rentistas y perfiles que buscan estabilidad, seguridad jurídica y calidad de vida en un entorno europeo competitivo.
Esta modalidad de residencia permite vivir en Andorra, organizar patrimonio, mantener inversiones y percibir rentas o rendimientos procedentes del exterior, siempre dentro del marco legal aplicable. Ahora bien, conviene precisar que no habilita para ejercer una actividad laboral en Andorra y que cualquier estructura patrimonial o societaria debe diseñarse de forma compatible con la autorización concedida.
Uno de los principales atractivos de esta autorización es la flexibilidad que ofrece al solicitante, ya que exige una presencia mínima de 90 días al año en Andorra. Sin embargo, la residencia no lucrativa no implica automáticamente la residencia fiscal en el país. La residencia fiscal debe analizarse de manera independiente, atendiendo a criterios como la permanencia efectiva, el centro de intereses económicos y personales y la normativa aplicable en cada caso.
Requisitos de la residencia no lucrativa en Andorra
- Acreditar solvencia económica suficiente
- Disponer de vivienda en Andorra,
- Contar con cobertura sanitaria adecuada
- Realizar la inversión exigida por la normativa vigente.
- Residencia efectiva mínima en el Principado de 90 días al año.
- Ingreso de 50.000 euros ante la Autoridad Financiera Andorrana no recuperable
- Ingreso de 12.000 euros por cada persona a cargo que obtenga también la condición de residente sin actividad lucrativa. No recuperable.
- Medios económicos suficientes equivalentes al 300 % del salario mínimo anual vigente para el titular principal, incrementado en un 100 % adicional por cada persona a cargo.
- Disponer de una vivienda en Andorra, ya sea en propiedad, en alquiler
- Seguro médico con cobertura en el Principado y, según el caso, con las coberturas complementarias exigidas por la normativa aplicable.
Inversión mínima exigida en 2026
- Inversión permanente y efectiva de al menos 1.000.000* de euros en activos andorranos admitidos por la ley:
- Bienes inmuebles**
- Participaciones en sociedades residentes
- Determinados instrumentos de deuda o financieros emitidos por entidades residentes
- La deuda pública andorrana
- Seguro de vida.
- Instrumentos de deuda o financieros emitidos por entidades residentes y determinados fondos de inversión colectiva andorranos puedan computar a estos efectos.En estos casos se establece un límite máximo de 36 meses, transcurrido el cual la inversión deberá redirigirse a otras tipologías de activos andorranos para seguir computando conforme al régimen legal aplicable.
*La inversión mínima podrá reducirse a 400.000 euros cuando se realice directa o indirectamente, de forma permanente y efectiva, en el Fons d’Habitatge.
**Cuando la inversión se materializa total o parcialmente en bienes inmuebles, la ley exige destinar más de 800.000 euros por cada unidad inmobiliaria adquirida. Por tanto, ya no resulta correcto afirmar que basta con adquirir un inmueble de 400.000 euros para cumplir este requisito. Ese umbral no se refiere a una compra inmobiliaria individual, sino a la excepción legal vinculada al Fons d’Habitatge, una vez este esté creado y operativo.
Una residencia pensada para perfiles internacionales
La residencia no lucrativa en Andorra está especialmente indicada para personas que no necesitan integrarse en el mercado laboral andorrano para desarrollar su proyecto de vida. Permite fijar la residencia en un país estable, seguro y con una fiscalidad competitiva, al tiempo que facilita una adecuada organización patrimonial y una planificación internacional eficiente.
Se trata de una opción especialmente interesante para quienes desean vivir en Andorra con una estructura patrimonial sólida, aprovechar su seguridad jurídica y disfrutar de una elevada calidad de vida sin renunciar a una proyección internacional. No obstante, la conveniencia de esta vía debe analizarse siempre caso por caso, teniendo en cuenta el perfil del solicitante, su país de origen, la naturaleza de sus activos y la posible interacción entre residencia migratoria y residencia fiscal.
En Augé Legal & Fiscal analizamos cada expediente de forma individual para diseñar la estructura migratoria, patrimonial y fiscal más adecuada según los objetivos personales y empresariales de cada cliente.