Revisión de las bases de cotización: campaña de la CASS

Desde hace unos meses, la Caja Andorrana de Seguridad Social está revisando la facturación y los ingresos declarados de los trabajadores autónomos y de sus sociedades, en caso de tenerlas, en base a los datos comunicados por el Departamento de Tributos del año 2022.

Como resultado de estas revisiones, muchos trabajadores autónomos están recibiendo actualmente notificaciones y requerimientos por parte de este organismo solicitando la regularización de las cotizaciones satisfechas durante el ejercicio 2023, además de exigir los intereses y recargos correspondientes, ya que la gran mayoría de estas revisiones se están realizando al alza. En este sentido, es importante recordar que, en Andorra, la base de cotización de los trabajadores autónomos toma como referencia el salario promedio del conjunto de empleados del país, aplicando ciertos porcentajes de acuerdo con lo establecido por la ley. Así, el artículo 101 de la Ley 17/2008, del 3 de octubre, de la seguridad social, en su redacción actual,
establece los siguientes porcentajes de acuerdo con los siguientes criterios que obligan a aplicar
porcentajes superiores al 100%:

– Un 125% sobre el salario promedio de los empleados del país del año natural anterior en caso
de:

  • Ser titular de una autorización de profesión titulada (médicos, arquitectos, etc.) y haber generado, en el ejercicio anterior, un ingreso neto de actividades económicas superior a 40.000 euros.
  • Ser administrador de una sociedad y haber generado, en el ejercicio anterior, un ingreso neto de actividades económicas superior a 40.000 euros.
  • Ser administrador de una sociedad y haber generado, en el ejercicio anterior, un ingreso neto de actividades económicas superior a 40.000 euros o que el volumen de negocios de la sociedad administrada haya sido superior a 400.000 euros. También se aplica en el caso de sociedades familiares en las que se cumplan los requisitos de forma conjunta por parte de los familiares hasta segundo grado en caso de consanguinidad o afinidad.

– Un 137,5% sobre el salario promedio de los empleados del país del año natural anterior en caso
de:

  • Ser titular de una autorización de profesión titulada (médicos, arquitectos, etc.) y haber generado, en el ejercicio anterior, un ingreso neto de acFvidades económicas superior a 50.000 euros.
  • Ser administrador de una sociedad y haber generado, en el ejercicio anterior, un ingreso neto de actividades económicas superior a 50.000 euros o que el volumen de negocios de la sociedad administrada haya sido superior a 500.000 euros. También se aplica en el caso de sociedades familiares en las que se cumplan los requisitos de forma conjunta por parte de los familiares hasta segundo grado en caso de consanguinidad o afinidad.

Adicionalmente, es importante considerar que el cumplimiento de estas condiciones también puede tener un eventual impacto en obligaciones de imposición indirecta (IGI), por lo que es esencial contar con profesionales y asesores transversales en todas las materias que permitan identificar los criterios descritos y evitar recargos o sanciones evitables.

En Augé Holding Group contamos con un equipo multidisciplinario acostumbrado a revisar periódicamente las obligaciones de cada uno de nuestros clientes, verificando y planificando sus obligaciones en materia de seguridad social de acuerdo con la ley y con sus deseos.

scroll-down-icon