Los empresarios que ingresen menos de 150,000 euros no tendrán que depositar las cuentas hasta 2025

La ministra de Presidencia, Economía, Trabajo y Vivienda, Conxita Marsol, anunció el pasado 30 de enero algunas novedades relativas al depósito de cuentas anuales de los empresarios. 

La ministra explicó en una rueda de prensa que los empresarios que tengan una actividad comercial como persona física y su cifra de negocio anual sea inferior a 150,000.00 euros tendrán una prórroga de un año más para depositar las cuentas anuales y no tendrán que hacerlo hasta 2025, cuando presentarán las cuentas de 2024. 

Esta medida afectará a más de 5,600 empresarios. Esta medida, que también incluye la revisión de los modelos de declaración normal y abreviado para simplificar el modelo que se aplicará a partir del próximo año, se ha consensuado con el Colegio Oficial de Economistas (COEA), la Cámara de Comercio, Industria y Servicios (CCIS) y la Asociación de Asesores Tributarios y Fiscales, ya que habían pedido insistentemente abaratar los costos de estos trámites para los pequeños empresarios. 

También se pretende separar el aspecto estadístico de las cuentas de las empresas, que actualmente se presenta conjuntamente. Esta noticia vendría a anular lo que se indicó en la disposición adicional de la Ley 17/2022 de medidas para mejorar el poder adquisitivo de la ciudadanía. 

Lo que comenta esta disposición es la obligación del depósito de cuentas por parte de los empresarios, distintos de las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, con una cifra anual de ingresos totales inferior a 150,000.00 euros, que pasaría a ser aplicable para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2023. 

Cabe añadir que este hecho se ha hecho noticia de forma completamente extemporánea después de haber confirmado que esta formalidad se volvería obligatoria para el año 2023. Esta novedad quedará regulada en una de las disposiciones finales de la Ley del Presupuesto que el Consejo General. 

Queremos remarcar e insistir en el hecho de que, hasta ahora, aún no se ha publicado en el Boletín Oficial del Principado de Andorra. 

Desde el Equipo de Augé Accountants, queremos informar a nuestros clientes de que, aunque esta formalidad no se convierte en una obligación para el pasado ejercicio 2023, no deja de ser una formalidad que debería acompañar la declaración del impuesto de las personas físicas que tienen una actividad económica según la Ley 30/2007 de la contabilidad de los empresarios.

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