La “Internacionalización” del nombre de dominio .ad

La posición de AUGÉ LEGAL FISCAL en el ámbito de los registros de nombres de dominio “.ad” y su voluntad de presencia es todo menos una coincidencia.

La atracción empresarial y económica del Principado ha provocado una evolución exponencial del comercio electrónico, del ámbito y la economía digital. El ámbito digital hace referencia a todo lo relacionado con las tecnologías digitales y los medios electrónicos. Incluye una amplia gama de elementos, como Internet, páginas web, dispositivos digitales, software, aplicaciones, redes sociales, seguridad informática, comercio electrónico o incluso educación digital e innovación tecnológica. Es un mundo muy dinámico en constante evolución, transformando día a día la manera de interactuar, trabajar, aprender y divertirse. En general, el ámbito digital tiende a transformar las relaciones humanas pero, sobre todo, a permitir una velocidad de actuación y realización garantizando cierta seguridad. El desarrollo de los nombres de dominio sigue esta dinámica.

Todo comienza en los años ochenta (1980-1989), cuando Paul Mockapetris desarrolla el Sistema de Nombres de Dominio (DNS) como parte del protocolo de Internet. A partir de 1985 se registran los primeros nombres de dominio y se empieza a manifestar una voluntad de expansión y de comercialización. Es solo a partir del año 2000 que la International Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN) comienza a aprobar nuevas extensiones de dominio de primer nivel (TLDs) más allá de las tradicionales .com, .net, y .org. Se lanza una primera ola de nuevos TLDs como .info, .biz, .name, .us, .es y finalmente, se empieza a regular el nombre de dominio “.ad” en Andorra.

Los nombres de dominio facilitan recordar y acceder a sitios web y otros servicios en línea sin tener que memorizar largas secuencias de números. Estas direcciones digitales son objeto de registro, renovación, extinción y, por tanto, sometidas a un régimen jurídico específico. Tras la entrada en vigor de la Ley sobre la utilización de los signos de Estado para la utilización de “.ad”, como elemento de un nombre de dominio, de fecha 13 de septiembre de 2000, así como de la Ley 42/2022, del 1 de diciembre, de la economía digital, emprendimiento e innovación, que atribuye a la sociedad pública Andorra Telecom, SAU diversas funciones en materia de gestión de los nombres de dominio “.ad”, se ha manifestado la voluntad y sobre todo la necesidad de establecer un nuevo sistema de gestión del registro de los nombres de dominio de internet en el Principado, más moderno, seguro y eficaz, que garantice la seguridad jurídica en los criterios de asignación de nombres de dominio .ad, necesarios para desarrollar el comercio electrónico y otros servicios por vía electrónica, así como la proactividad y flexibilidad requerida para responder a la demanda de asignación de nombres de dominio .ad y contribuir, así, al desarrollo de la economía digital del Principado.

El Decreto 114/2024, del 20 de marzo de 2024, por el que se aprueba el Reglamento de registro de nombres de dominio “.ad”, ha entrado en vigor el día 22 de mayo de 2024 y ha permitido estructurar el sistema andorrano y adaptarlo a la situación actual.

La gran particularidad y tecnicidad de la nueva normativa andorrana relativa al registro de  nombres de dominios “.ad” recae en un criterio temporal y en base al tipo de derechos que ostentan los solicitantes de nombres de dominio “.ad” (en particular, una marca andorrana o un nombre comercial): el sistema se rige por las disposiciones del Decreto 113/2024, del 20 de marzo de 2024, por el que se aprueba el Reglamento de transición y apertura de registro de nombres de dominio “.ad” (que se podrá desarrollar en otro artículo más adelante).

En el marco del procedimiento de registro de nombres de dominios “.ad”, los principales protagonistas son el operador del registro (Andorra Telecom, SAU), responsable del funcionamiento del nombre de dominio “.ad” pero también de la validación de las solicitudes de registro y del control general de estas. No obstante, aunque Andorra Telecom, SAU, tenga la competencia exclusiva de aceptar o denegar una solicitud de registro de nombre de dominio “.ad”, no es posible por parte del solicitante del registro, solicitar directamente al operador el registro del nombre de dominio “.ad”. Efectivamente, el solicitante, persona física o jurídica, después de haber aceptado el Reglamento general de registro (RGR), debe solicitar el registro de un nombre de dominio “.ad” obligatoriamente mediante un registrador acreditado por el operador del registro mediante una relación contractual. Una vez la solicitud presentada por el registrador acreditado al operador de registro que la acepta, el solicitante se convierte en titular del nombre de dominio registrado.

Una vez registrado, el nombre de dominio “.ad” tiene una duración de uno a diez años y se renueva cada año, de manera automática mediante registrador acreditado, salvo que se envíe por parte del mismo, una solicitud de supresión. La nueva regulación prevé también un período de gracia para poder “recuperar” los nombres de dominios “.ad” que hayan sido suprimidos por falta de renovación.

Esta apertura territorial progresiva del registro de nombres de dominio “.ad” es una parte integral de la presencia digital en Andorra, reflejando la identidad del país en la escena internacional de Internet. Aunque el proceso de registro puede ser más riguroso que en otros dominios, este rigor garantiza que los dominios “.ad” estén vinculados auténticamente con Andorra. La continua digitalización y apoyo a la innovación tecnológica son indicativos de la apuesta de Andorra por un futuro digitalizado y conectado. No obstante, la posibilidad para los registradores extranjeros de solicitar nombres de dominios “.ad” no constituye una ventaja como lo es en la escena internacional, para las entidades registradoras andorranas.

Finalmente, podríamos decir que este dilema relativo a la apertura de Andorra en la escena internacional, ilustra las problemáticas nacionales actuales, en relación a los nombres de dominios “.ad” u otros temas pilares de la economía nacional en general.

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