Novedades Legislativas: Permisos de residencia en Andorra

El departamento de inmigración de Augé Holding Group (con más de 25 años de experiencia) está especializado en el asesoramiento y acompañamiento jurídico, así como en el desarrollo de todos los trámites necesarios para su establecimiento efectivo en el Principado de Andorra. A raíz de la reforma de la normativa de inmigración de diciembre de 2022, nuestro departamento se ha actualizado con la máxima celeridad a efectos de poder brindar un acompañamiento completo tanto para los casos de endurecimiento de las condiciones de establecimiento en el país (depósito de 50.000.-€ para cuentas propias e Inversión de 600.000.-€ para No Lucrativas), así como para tratar aquellas nuevas modalidades exentas de depósito de garantía (Nómadas Digitales y Emprendedores).

I. Residencias por cuenta propia (como empresario).

Exposición de la modalidad de residencia

Augé Legal&Fiscal (rama jurídica de Augé Holding Group) fue pionera y es un referente en el Principado por lo que respecta a la consolidación e implantación efectiva de la figura de residencia por cuenta propia. Esta modalidad de residencia con permiso de trabajo se basa en la constitución de una sociedad mercantil andorrana de la que se posea más de un 34% de participaciones, así como en el ejercicio de un cargo de dirección en dicha sociedad.

Otros requisitos de este estatus pasan por un mínimo de 183 días de permanencia en el país a efectos de poder acceder a su renovación, así como la efectiva contribución a la Seguridad Social Andorrana y la prestación de un depósito recuperable ante la Autoridad Financiera Andorrana de 50.000€.

La residencia por cuenta propia se dirige a profesionales que forman parte del capital social de una compañía andorrana y que adicionalmente integran un cargo decisorio en el Órgano de administración de la misma o a profesionales liberales que desean ejercer una actividad en el Principado (estos últimos sin depósito de garantía de 50.000€).

En diciembre de 2022 se han aprobado normativamente otras figuras jurídicas como la del nómada digital (como permiso de trabajo sin residencia) o la del emprendedor (vinculado al sector digital e innovación). Estos supuestos también quedan exonerados de deposito de 50.000.-€ ante el AFA y se han concedido 50 cupos para cada figura para el ejercicio 2023.

Requisitos detallados:

  • Constitución de una sociedad andorrana de la que se posea más de un 34% del capital social.
  • Contribución a la Caja Andorrana de Seguridad Social.
  • Ejercicio de un cargo de dirección efectiva en el Órgano de administración.
  • Permanencia de 183 días en Andorra para acceder a la renovación.
  • Depósito de 50.000 € en el AFA.
  • En el caso particular de profesiones tituladas, colegiación profesional o adscripción a una asociación profesional (sin depósito).

II. Residencias No Lucrativas (pasivas o para inversores)

Exposición de la modalidad de residencia

El actual marco legal en materia de inmigración desarrolla la que muchos conocen como residencia pasiva. Esta autorización de residencia no permite disponer de un permiso de trabajo pero, no obstante, sí permite el desarrollo de actividades económicas al inversor a través de sociedades de capital de las que sea socio partícipe y beneficiario del resultado del mismo mediante la distribución del dividendo. No obstante, no puede ejercer un cargo remunerado en la sociedad en cuestión. En este sentido, el inversor puede llevar a cabo la gestión de su patrimonio, realizar inversiones en todo tipo de activos y percibir rentas de
trabajo de otras jurisdicciones.

Estas autorizaciones son muy atractivas por la necesidad de permanecer solamente 90 días en el Principado, pudiendo incluso aspirar a la residencia fiscal en caso de una correcta planificación en base a los criterios de residencia fiscal de Andorra, del país de origen u otros países donde se disponga de relevantes intereses económicos.

Esta residencia es ideal para empresarios internacionales que reciban rentas del trabajo o de actividades económicas procedentes de fuera del Principado y para personas que busquen obtener rendimientos pasivos con su patrimonio. Este estatus de residencia es accesible a través de una inversión en el país de 600.000.-€ de los que se debe deducir un depósito de 47.500€ no remunerado ante el regulador financiero andorrano (AFA) además de 9.500.-€ por cada persona a cargo.

Requisitos detallados:

  • Depósito de 47.500€ en el AFA por el titular, recuperable y no remunerado;
  • Tasas administrativas de 2.500€ en el AFA por el titular;
  • Depósito de 9.500€ en el AFA por cada persona a cargo;
  • Disponer de medios económicos equivalentes al triple del salario mínimo anual para mantenerse el titular y sus personas a cargo en Andorra;
  • Adquirir o alquilar una vivienda en Andorra;
  • Seguro médico privado de incapacidad y vejez con cobertura para Andorra*;
  • Residencia mínima: 90 días al año.

*Menores de edad y mayores de 65 años: solamente seguro médico.

Condiciones Particulares:

  • Inversión en activos andorranos de 600.00€ menos la suma prestada en depósito:
    • Bienes inmuebles* situados en territorio del Principado; o bien
    • Participaciones en el capital social o fondos propios de sociedades residentes en el Principado; o bien
    • Instrumentos de deuda o financieros emitidos por entidades residentes en el Principado; o
    • Instrumentos de deuda pública emitidos por cualquier Administración pública del Principado Andorra.
    • Productos de seguro de vida contratados con entidades residentes en el Principado de Andorra

*Uno de los inmuebles adquiridos debe tener un valor mínimo de 400.000€. El importe exigido se reduce de 600.000€ a 400.000€ en caso de invertir en el Fondo de Vivienda del gobierno, un fondo creado por las administraciones públicas andorranas con el objetivo de dotar económicamente proyectos de construcción de vivienda protegida.

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